Cuando una corte te ordena hacer (o no hacer) algo y no obedeces, eso puede ser un delito: desacato a la corte («contempt»), bajo N.J.S.A. 2C:29-9. En New Jersey, el caso de desacato más común y más serio es violar una orden de restricción. Y esos cargos son fáciles de cometer sin querer, justo en los momentos más emocionales.
El desacato más común: violar una orden de restricción
Si hay una orden de restricción en tu contra (temporal o final), tienes prohibido contactar a la persona protegida. Si la contactas (un mensaje, una llamada, presentarte donde está, o hasta por medio de un tercero), eso es desacato, un cargo criminal aparte y nuevo, sin importar el caso original.
Otros tipos de desacato
- No obedecer otras órdenes de la corte (de manutención, de hacer algo).
- Conducta que interrumpe o falta el respeto al proceso de la corte.
Cómo se defiende
- El contacto: si de verdad lo hubo, y en qué circunstancias.
- La intención: si fue a propósito o un contacto accidental/inevitable.
- Los términos exactos de la orden y qué prohibía.
Tienes una orden de restricción? Un solo mensaje puede ser un cargo nuevo
Si hay una orden en tu contra, la regla es cero contacto, y cualquier cambio se hace en la corte. Si te acusan de desacato en cualquier parte de New Jersey, vale la pena una llamada gratis. Lee nuestra guía completa de defensa criminal en NJ para empezar.